Ley de Facturación Electrónica 32-23: Todo lo que debes saber
La Ley 32-23 de Facturación Electrónica marca un antes y un después en el sistema tributario de la República Dominicana. Desde su promulgación, se establece la obligatoriedad de la facturación electrónica, transformando la forma en que las empresas gestionan sus comprobantes fiscales. Con esta medida, el país avanza hacia un sistema más ágil, transparente y seguro, permitiendo a las empresas reducir costos operativos y mejorar la eficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. En este artículo, exploramos los aspectos esenciales de la Ley 32-23 para entender cómo impactará a las empresas y qué pasos deben seguir para adaptarse a esta nueva normativa.
1. Objetivo de la Ley
- Esta ley establece la obligatoriedad de la facturación electrónica en la República Dominicana, con el fin de mejorar la eficiencia y transparencia fiscal y reducir costos operativos para las empresas.
- El sistema busca también optimizar la fiscalización y facilitar la transición a una economía digital.
2. Aplicación Obligatoria
- Todas las personas físicas y jurídicas en el país que realicen transacciones de bienes y servicios deben emitir facturas electrónicas, con excepción de algunos casos específicos que no requieren comprobantes fiscales.
3. Funcionamiento de la Factura Electrónica
- La factura electrónica tiene el mismo valor legal que una factura en papel y debe cumplir requisitos de autenticidad, integridad y legibilidad.
- Las facturas son validadas electrónicamente por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y requieren un certificado digital.
4. Tipos de Comprobantes Fiscales Electrónicos (E-CF)
- Existen varios tipos de E-CF, incluyendo facturas de consumo, facturas de crédito fiscal, notas de crédito y débito, y comprobantes especiales para exportaciones y transacciones con el Estado.
5. Emisión y Validación
- Las empresas pueden emitir E-CF a través de sistemas propios, proveedores autorizados o una plataforma gratuita proporcionada por la DGII.
- La DGII valida los comprobantes mediante un sistema en línea, emitiendo un “trackID” que permite a las empresas consultar el estado de la factura.
6. Incentivos Fiscales y Plazos de Implementación
- La ley ofrece incentivos fiscales, como créditos fiscales, a empresas que adopten el sistema de manera voluntaria antes de las fechas límites de implementación.
- Los plazos de obligatoriedad dependen del tamaño de la empresa:
- Grandes contribuyentes nacionales: 12 meses desde la entrada en vigor de la ley.
- Medianos contribuyentes: 24 meses.
- Pequeños y microempresas: 36 meses.
7. Sanciones y Penalidades
- Existen sanciones para la emisión de facturas electrónicas sin la debida autorización o sin cumplir con el formato estándar, entre otros incumplimientos.
- La emisión de facturas falsas para evadir impuestos se considera un delito penal, con penas de prisión y multas significativas.
8. Disposiciones Generales y Transitorias
- La ley establece que el Poder Ejecutivo debe elaborar un reglamento para su aplicación, y la DGII será responsable de definir y adaptar los requisitos técnicos para los E-CF.
Esta ley representa un avance importante en la modernización del sistema fiscal de República Dominicana, al tiempo que busca reducir la evasión y mejorar la eficiencia administrativa para todos los contribuyentes.
Ver Ley 32-23 sobre Facturación Electrónica